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El proceso de solicitar una visa de pareja en Estados Unidos para aquellos que tienen asilo o refugio es un camino que implica cumplir con requisitos específicos y presentar la documentación adecuada. Según el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, se han establecido pautas claras para facilitar este proceso.
A continuación, se detallan los pasos y requisitos para aquellos que desean reunirse con sus cónyuges en territorio estadounidense bajo el estatus de asilado o refugiado.
Formulario I-730: Primer Paso en el Proceso
La solicitud de una visa de pareja en Estados Unidos para asilados o refugiados comienza con la presentación del Formulario I-730, Petición de Familiares de Refugiados y Asilados. Este formulario inicia el procesamiento que incluye la revisión por parte de la Dirección General de Operaciones de Centros de Servicio (SCOPS).
El proceso de evaluación es crucial para determinar la elegibilidad de un asilado que viaja para reunirse con su familia en territorio estadounidense.
Prueba de Estatus y Documentación Necesaria
Una parte fundamental del proceso es presentar pruebas sólidas de su estatus como asilado o refugiado. Además, se requiere una foto reciente de su cónyuge, copias de su Certificado de Matrimonio y cualquier documento relevante en caso de matrimonios anteriores, como Decretos de Divorcio o Certificados de Defunción.
También se deben proporcionar evidencias legales de cualquier cambio de nombre si corresponde.
Plazo de Presentación y Procesamiento Adicional
Es crucial presentar el Formulario I-730 a nombre de su cónyuge dentro de los dos años posteriores a la obtención del estatus de asilo o refugio. Este período puede extenderse en situaciones humanitarias especiales.
Una vez que se complete el procesamiento inicial del formulario, se realiza una revisión para determinar si su familiar es elegible para reunirse bajo el estatus de refugiado o asilado. La oficina correspondiente conducirá entrevistas y notificará a todas las partes involucradas.
Rol del Cónyuge y Posibles Escenarios
El cónyuge que recibe el estatus derivado de refugiado o asilado debe seguir pasos específicos según su ubicación. Si está fuera de Estados Unidos, se le notificará para completar el proceso en el consulado local.
Si se encuentra en Estados Unidos, recibirá la notificación de aprobación a través del Formulario I-797, Notificación de Acción.
Consideraciones Finales y Devolución de Solicitud
En caso de una negación, no hay opción de apelación para el Formulario I-730. Además, si el Departamento de Estado (DOS) detecta inelegibilidad durante el proceso, se devolverá la petición a USCIS para una evaluación adicional. USCIS revisará la solicitud y podría reabrir, solicitar información adicional o cerrar la petición, según sea necesario.
La obtención de una visa de pareja en Estados Unidos para aquellos con estatus de asilado o refugiado involucra una serie de pasos específicos y requisitos documentales. La presentación correcta del Formulario I-730 es el punto de partida, seguido por una revisión exhaustiva del caso. La coordinación entre las partes involucradas es clave para asegurar que el proceso se desarrolle sin contratiempos. Este camino, aunque desafiante, ofrece la oportunidad de reunir a las parejas en territorio estadounidense bajo circunstancias de asilo y refugio.