Migrantes venezolanos con ETPV podrán solicitar visas de residentes en 2023

◉ Se podrá solicitar a partir del 1ro de junio de 2023

EL VENEZOLANO COLOMBIA

La cancillería colombiana, el pasado 22 de julio, emitió la resolución No 5477que indica que los migrantes venezolanos que han tenido por más de 5 años el Permiso Especial de Permanencia (PEP) y actualmente el Estatuto Temporal de Protección a Venezolanos (ETPV), podrán optar por la visa de residentes en Colombia.

En la referida resolución se detalla que esto lo podrán realizar los ciudadanos venezolanos que cumplan con los requisitos antes descritos a partir del primero de junio de 2023.

Asimismo, aclara que la expedición de la visa se podrá hacer de forma automática, mediante la “interoperabilidad” de las plataformas de Migración Colombia y la cancillería colombiana, teniendo como documento base el Permiso de Protección Temporal. (ETPV).

Cancillería es enfática en expresar que esto solo lo podrán hacer los ciudadanos venezolanos que se encuentran totalmente regularizados en el país y que ha pasado los tiempos antes descriptos y contando ya con mecanismos previos de identificación.  

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA VISA R

El nuevo beneficio para los beneficiados por el ETPV está expresado en el artículo 91, donde establece las condiciones en que se les podría entregar la visa de residente cumpliendo con los siguientes requisitos.

1.- Haber sido titular del documento Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente durante cinco años, o documento que demuestre que es titular del Permiso por Protección Temporal (PPT) vigente, durante cinco años, o haber completado cinco años de tiempo acumulado entre los dos anteriores. 

2.-  Contar con un Permiso de Protección Temporal vigente.

La cancillería aclara que el titular principal puede solicitar la visa para beneficiarios, solicitándose desde el próximo 1 de junio del 2023, usando como se había dicho anteriormente las plataformas digitales.

Asimismo, vale la pena acotar de quienes apenas estén recibiendo el ETPV y no hayan tenido o hubiesen tenido menos de los 5 años previstos con el PEP, deberán esperar el tiempo que se había dicho al momento de decretar el estatuto de 10 años para solicitar la visa.

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