¿Ya se habla de «éxodo» de migrantes colombianos?

◉ Le apuestan a disuadir a los migrantes con normas más estrictas. Paralelamente, abren vías legales

EL VENEZOLANO COLOMBIA | Por: Martín Flores Araujo

En los últimos años, se ha observado un acelerado aumento en la expulsión de ciudadanos colombianos tras su intento de ingresar a Estados Unidos.

Este fenómeno ha generado preocupación debido a la dramática cifra de personas que son arrestadas en la frontera sur (entre México y EE UU) por intentar ingresar ilegalmente o solicitar asilo sin cumplir con los requisitos establecidos.

Aumento exponencial de arrestos y expulsiones

En 2021, se registraron poco más de 10.000 arrestos por intentar ingresar ilegalmente, mientras que en el 2022 la cifra ascendió a 130.000. En los primeros seis meses del año fiscal 2023, se han contabilizado casi 93.000 arrestos de colombianos.

Estos datos reflejan una tendencia «alarmante» que ha llevado a un número significativo de expulsiones.

Uno de los enfoques utilizados ha sido la estrategia disuasiva, en la cual se busca desalentar a los ciudadanos colombianos de intentar ingresar ilegalmente a Estados Unidos. A pesar de la cantidad de vuelos de repatriación, financiados por Washington, que han trasladado a aproximadamente 25.000 colombianos de regreso a su país, esta cifra representa menos del 20 por ciento del total de arrestos registrados.

Es importante destacar que muchas de estas personas se encuentran en centros de detención en Estados Unidos, a la espera de su expulsión o «que se resuelva su caso».

Respuesta del Gobierno colombiano

Ante esta situación, el gobierno colombiano ha implementado acciones para brindar apoyo a las familias retornadas, según despachos de prensa. Diversas entidades, como la Cancillería de Colombia, Migración Colombia, la Cruz Roja, la Defensoría del Pueblo y la Alcaldía de Bogotá, han trabajado en conjunto para ofrecer acompañamiento y atención integral a estas personas.

Se han brindado opciones de alimentación, ropa, transporte y alojamiento en hoteles de Bogotá. Además, se ha proporcionado orientación, atención psicosocial y en salud, así como la identificación de posibles víctimas del conflicto y el restablecimiento de sus derechos.

Colaboración interinstitucional

«La respuesta del gobierno colombiano ha sido posible gracias a la colaboración interinstitucional entre diferentes entidades a nivel nacional y local. La Alcaldía de Bogotá, a través de sus secretarías de Salud, Gobierno e Integración Social, ha desempeñado un papel fundamental en la acogida y coordinación de la asistencia médica», dice un comunicado de la cancillería.

En última instancia, la atención a las familias retornadas no debe limitarse solo a la asistencia inmediata, sino que debe incluir medidas a largo plazo que fomenten la inclusión social, la reconstrucción de sus vidas y la creación de oportunidades en su propio país.

Solo a través de un enfoque integral y sostenible se podrá enfrentar de manera efectiva el desafío de la migración irregular y garantizar un futuro mejor para todos los ciudadanos colombianos.

Título 8: La nueva normativa para regular la migración en EE.UU. tras el fin del Título 42

El pasado jueves 11 de mayo marcó el fin de la aplicación del Título 42 en Estados Unidos, una política de salud pública que permitía la expulsión expedita de inmigrantes indocumentados durante la pandemia de covid-19. En su lugar, entra en vigor el Título 8, una normativa con décadas de antigüedad que establece consecuencias más severas para aquellos que crucen la frontera ilegalmente. En este artículo, exploraremos en qué consiste el Título 8 y cómo impactará en la regulación de la migración en Estados Unidos.

  1. El Título 8 y sus implicaciones: El Título 8 es una normativa existente desde hace décadas en Estados Unidos, y establece que los migrantes que crucen la frontera sin solicitar asilo primero enfrentarán consecuencias más graves. Bajo esta autoridad, aquellos que ingresen ilegalmente al país serán expulsados.
  2. Preparativos del Departamento de Seguridad Nacional: El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de EE.UU. ha estado preparándose para el fin de la orden de salud pública del Título 42 durante más de un año. Han aumentado los recursos, incluyendo personal, transporte, apoyo médico e instalaciones para apoyar las operaciones fronterizas.
  3. Consecuencias de la expulsión bajo el Título 8: Con la implementación del Título 8, una persona expulsada estará sujeta a una prohibición de admisión a Estados Unidos de al menos cinco años y podría enfrentar cargos penales por intentar cruzar la frontera ilegalmente en el futuro. Aquellos con órdenes finales de remoción serán efectivamente deportados.
  4. Arresto y deportación rápida de migrantes: Bajo el Título 8, los migrantes que ingresen de forma ilegal a Estados Unidos podrán ser arrestados y procesados para una deportación rápida. Esta medida busca disuadir la migración irregular y reforzar el control fronterizo.
  5. Creación de centros regionales de procesamiento: En abril de este año, el Gobierno de Biden anunció la creación de centros regionales de procesamiento en América Latina para que los inmigrantes puedan solicitar ingresar a Estados Unidos. Estos centros se ubicarán en Colombia y Guatemala, y se espera ampliarlos a otros países que forman parte de las rutas migratorias hacia la frontera sur de Estados Unidos.

La implementación del Título 8 en reemplazo del Título 42 marca un cambio significativo en la normativa para regular la migración en Estados Unidos. Esta nueva normativa establece consecuencias más severas para los migrantes que crucen la frontera ilegalmente y busca disuadir la migración irregular.

El gobierno estadounidense ha tomado medidas preparatorias y ha anunciado la creación de centros regionales de procesamiento en América Latina para gestionar las solicitudes de ingreso. Sin embargo, el impacto y las implicaciones de esta nueva normativa en el flujo migratorio aún están por verse, y será importante monitorear cómo se desarrollan las políticas migratorias en los próximos meses.

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