EL VENEZOLANO COLOMBIA | EL TIEMPO
El presidente Iván Duque sancionó este miércoles dos leyes pensadas en la migración que vive el país: la ley de fronteras y la migratoria.
La primera ley promueve beneficios económicos, por medio del régimen especial aduanero en favor de los municipios y áreas no municipalizadas fronterizas; medidas de facilitación del comercio transfronterizo en zonas de frontera en condiciones tributarias y aduaneras favorables y diferenciadas; y la formalización de corredores logísticos de aprovisionamiento y abastecimiento.
Frente a la ley de migratoria, busca proteger los derechos de todos los migrantes: colombianos en el exterior, los que retornan al país, así como de todos los extranjeros que han venido a vivir a Colombia.
De este modo, beneficia a los colombianos en el exterior, colombianos retornados y extranjeros en Colombia, pues se contará con un marco regulatorio articulado y flexible para promover y garantizar una migración segura, ordenada y regular.
Además, define los requisitos y condiciones de ingreso, permanencia de extranjeros, otorgamiento de visas y aplicación del régimen legal de nacionalidad.
“Con esta política le apostamos a la formalización, la reactivación económica y a la generación de más oportunidades de empleo a futuro, de igual manera, buscamos un país más incluyente y solidario así como la modernización de los canales de atención del Estado para todos los habitantes del territorio nacional”, señaló el senador del partido de la U, Andrés García Zuccardi, quien presentó la iniciativa.
ALGUNOS PUNTOS QUE CONTEMPLA:
Atraer la migración calificada:
Se incorporó al proyecto una disposición que permita al Gobierno identificar, junto
al sector productivo, sectores de la economía donde la mano de obra migrante sea necesaria y así promover incentivos migratorios para atraerla al país.
¿QUÉ SE DEFINE SOBRE ACOMPAÑAMIENTO EL RETORNO DE COLOMBIANOS?
Dentro de las reformas se contempla:
– Mejor articulación entre las entidades intervinientes en el retorno
– Facilitación de requisitos
– Creación del tipo de retorno académico, para contar con mecanismos que le permitan al Gobierno acompañar a los colombianos que de manera voluntaria decidan continuar sus estudios y/o emplear sus conocimientos adquiridos en el exterior y en Colombia.
HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS DE ESTUDIO
«Esta ley recoge la convalidación y homologación de títulos, gracias al trabajo que hicimos con el Ministerio de Educación, en el que se da celeridad a esos procesos y además disminuye los costos», apuntó la senadora Ana Paola Agudelo, del partido MIRA.
«El Ministerio de Educación Nacional reglamentará dentro de los tres (3) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, el proceso de convalidación dentro del marco de las disposiciones legales, y sobre los principios de buena fe, economía, celeridad, calidad; y coherencia con los tratados internacionales suscritos en la materia; y dará prevalencia al criterio de acreditación para surtir el trámite», advierte la ley.
Asimismo, señala que «en adelante, la homologación de estudios parciales cursados en el exterior será realizada directamente por la institución de Educación Superior en la que el interesado desee continuar sus estudios, siempre y cuando existan los convenios de homologación. La convalidación de títulos será función del Ministerio de Educación Nacional».
«Las Instituciones de Educación Superior del país podrán homologar, reconocer créditos, saberes o competencias, adquiridas por los estudiantes de una institución de educación superior extranjera cuyo título no fue objeto de convalidación para culminar sus estudios en Colombia, o aquellos títulos denominados universitarios no oficiales o propios los cuales fueron otorgados con posterioridad a la vigencia de la Ley 1753 de 2015».
¿Y SOBRE LOS COLOMBIANOS EN EL EXTERIOR?
El proyecto plantea estrategias e iniciativas orientadas a mejorar la asistencia consular, promover y mantener los vínculos con Colombia, facilitar su integración con el desarrollo económico del país, acompañar el retorno. En el texto, partiendo de los derechos y deberes de los colombianos en el exterior, se deja claro el alcance de la asistencia consular y el acompañamiento que el Estado colombiano da a sus connacionales que residen en otros países.
Tras la sanción de esta ley, sigue la reglamentación.