EL VENEZOLANO COLOMBIA
El 22 de enero, el Juzgado 58 administrativo de Bogotá emitió una decisión crucial respecto al caso de la expulsión de Lorent Enrique Gómez Saleh de Colombia en 2014.
La sentencia de reparación directa condena a la Nación por los hechos ocurridos ese año, marcando un hito significativo en la búsqueda de justicia para el activista.
Veredicto histórico
La decisión judicial, revelada en primicia, establece la condena a la Nación por la expulsión de Gómez Saleh.
La firma Víctor Mosquera Marín Abogados destacó la trascendencia de este veredicto, resaltando la importancia de reconocer el principio fundamental del non-refoulement en la jurisprudencia colombiana.
Condena a Migración Colombia
La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia resultó condenada administrativamente por la detención y entrega de Gómez Saleh a las autoridades del régimen de Nicolás Maduro.
Este acto, que lo privó arbitrariamente de su libertad y lo sometió a tortura por más de tres años, fue determinante en la condena.
Principio del no devolución
La defensa del activista argumentó que la sentencia es trascendental al introducir en la jurisprudencia colombiana el reconocimiento del principio fundamental del non-refoulement. Este principio protege a los migrantes cuya vida e integridad personal corren riesgo, estableciendo así un precedente legal importante.
En conclusión, la sentencia representa un paso histórico hacia la justicia en el caso de Lorent Enrique Gómez Saleh. Se recomienda que este reconocimiento jurídico sirva de inspiración para fortalecer la protección de los derechos humanos de los migrantes, resaltando la importancia de respetar el principio de no devolución en todas las circunstancias. Es crucial que casos similares sean abordados con la misma determinación para garantizar un sistema legal justo y protector.