Prórroga automática a la medida «Primero la Niñez»: ¿de qué trata?

La medida consiste en dar la nacionalidad colombiana a los niños y niñas, hijos de padres y madres venezolanos, nacidos en Colombia a partir del 19 de agosto de 2015

EL VENEZOLANO COLOMBIA

La Cancillería de Colombia y la Registraduría del Estado Civil informaron este fin de semana que la medida “Primero la niñez” continuará su vigencia y aplicabilidad, después del 21 de agosto de 2023, a través de la prórroga automática a los términos de la medida.

En aplicación de la medida “Primero la niñez”, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Registraduría de Colombia han garantizado el reconocimiento de la nacionalidad colombiana a más de 100.387 niñas y niños nacidos en territorio colombiano hijos de nacionales venezolanos; que no reúnen el requisito del domicilio, dispuesto en el artículo 96 de la Constitución Política de Colombia.

Primero la niñez fue proferida, mediante la Resolución 8470 de 2019, se prorrogó con Resolución 8617 de 2021. Esta última dispuso la vigencia de la medida hasta el 21 de agosto de 2023, con la posibilidad de prorrogarse, de manera automática, por dos (2) años adicionales.

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y la Registraduría Nacional del Estado Civil continuarán monitoreando los resultados de la medida “primero la niñez”, a fin de evaluar la procedencia de su vigencia, según oficial que llegó a la redacción de EL VENEZOLANO COLOMBIA.

DATOS CLAVES:

➡ Primero la niñez es una medida que ha garantizado el reconocimiento de la nacionalidad colombiana a niñas y niños nacidos en territorio colombiano hijos de padres venezolanos, en riesgo de apatridia.

➡ La aplicación de esta medida ha contado con el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados – ACNUR, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia – Unicef y la Organización Internacional para las Migraciones – OIM.

  • ¿Por qué los niños y niñas nacidos en Colombia, hijos de padres venezolanos, podrían estar en riesgo de apatridia?

Porque estos niños no cumplen con los requisitos para ser colombianos y tampoco pueden ser registrados como venezolanos, aunque las leyes de Venezuela dicen que tienen derecho a esa nacionalidad.

  • ¿En qué consiste esta medida para ayudar a los niños y niñas nacidos en Colombia, hijos de padres y madres en venezolanos en riesgo de apatridia?

La medida temporal «Primero la Niñez» consiste en dar la nacionalidad colombiana a los niños y niñas, hijos de padres y madres venezolanos, nacidos en Colombia a partir del 19 de agosto de 2015.

  • ¿Quiénes se pueden beneficiar de esta medida?

Los niños y niñas, nacidos en Colombia, a partir del 19 de agosto de 2015 y que sean hijos de padres venezolanos.

  • ¿Cuáles son los requisitos para que un niño o niña, nacido en Colombia, hijo de padres venezeolanos, pueda obtener la nacionalidad?

1. Que el niño o niña haya nacido en Colombia

2. Que el niño o niña, haya nacido en Colombia a partir del 19 de agosto de 2015

3.  Que el padre y la madre del niño o niña sean venezolanos (Este requisito también aplica para padre o madre soltera)

QUÉ ES LA APATRIDIA:

La definición jurídica internacional del término apátrida es “una persona que no es reconocida por ningún país como ciudadano conforme a su legislación”. En resumen, esto significa que una persona apátrida no tiene la nacionalidad de ningún país.

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