Venezolanos podrán adquirir servicios en bancos colombianos

• Por medio de una carta circular de febrero 14 de 2021, la Superintendencia Financiera de Colombia recordó a los representantes legales los documentos de identificación válidos en Colombia para los venezolanos

EL VENEZOLANO COLOMBIA con información de Valora analitik

Los ciudadanos venezolanos en Colombia que tengan el pasaporte vencido podrán adquirir productos y servicios financieros, recordó la Superintendencia Financiera.

Por medio de una carta circular de febrero 14 de 2021, la Superintendencia Financiera de Colombia recordó a los representantes legales, miembros de junta directiva, revisores fiscales, oficiales de cumplimiento, funcionarios responsables y contralores normativos de las entidades supervisadas, los documentos de identificación válidos en Colombia para los venezolanos que buscan abrir o contratar los productos y servicios financieros.

De acuerdo con la circular de la SFC, “Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5 de la Resolución 971 de abril 28 de 2021 de Migración Colombia, referente a los documentos de identificación que pueden presentar los nacionales venezolanos para ser incluidos en el Registro Único de Migrantes Venezolanos – RUMV, el 9 de junio de 2021 fue expedida la Resolución 2231 del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual establece en sus artículos 2 y 3, respectivamente, que “El pasaporte de los nacionales venezolanos que se encuentre vencido o que esté próximo a vencer, podrá ser utilizado para ingresar, transitar, permanecer y salir del territorio colombiano, durante los diez (10) años siguientes, contados a partir de la fecha de vencimiento del pasaporte o de la prórroga que esté estampada”, y siempre “que tenga el sello de ingreso y permanencia otorgado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, servirá como documento de identificación de los nacionales venezolanos en el territorio nacional.

Por tal razón, la SFC pidió a las entidades supervisadas “observar lo estatuido en la mencionada Resolución 22331 así como en todas aquellas normas que se expidan referentes a los documentos de identificación válidos para los ciudadanos venezolanos en Colombia, atendiendo así su deber de continuar administrando de manera diligente y estricta los sistemas de administración de riesgos a los que se encuentran obligadas”.

Validez de pasaporte por 10 años

De acuerdo con la citada resolución 2231 de junio 9 de 2021, del Ministerio de Relaciones Exteriores, el pasaporte de “los nacionales venezolanos que se encuentre  podrá ser utilizado para ingresar, transitar, permanecer y salir del territorio colombiano, durante los diez (10) años siguientes, contados a partir de la fecha de vencimiento del pasaporte o de la prórroga que esté estampada»

También señala la norma que “sin perjuicio de las disposiciones establecidas en el Decreto 1067 de 2015 sobre Cédula de Extranjería y demás normas que reglamentan la materia, el pasaporte venezolano que se encuentre vencido y que tenga el sello de ingreso y permanencia otorgado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, servirá como documento de identificación de los nacionales venezolanos en el territorio nacional”.

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