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Ya se firmó el nuevo decreto del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes por el presidente de Colombia. Acá te contamos lo sigue luego de este paso:
Primero, está previsto que el registro para obtener el documento comience 90 días posteriores a la publicación de este Decreto.
EL REGISTRO DE MIGRANTES VENEZOLANOS SE REALIZARÁ EN DOS FASES, DE LA SIGUIENTE MANERA:
Primera Fase: Se creará el Registro Único de Migrantes que hace parte del proyecto de identificación y registro de ciudadanos venezolanos (RIC), para identificar y caracterizar a cada ciudadano radicado en Colombia. Este trámite, que será gestionado por Migración Colombia, se debe realizar de manera virtual.
Segunda Fase: Se expedirá el Permiso por Protección Temporal (PPT) a los venezolanos que ya hayan realizado el trámite de registro.
Cada persona registrada recibirá un documento plástico con la información requerida por instituciones públicas y privadas. Se trata de un documento más sólido que les garantizará la permanencia regular en el territorio nacional y les permitirá integrarse a la sociedad colombiana pues podrán, entre otros, acceder a derechos, firmar contratos laborales y obtener productos bancarios.
La información contenida en el registro no tendrá fines sancionatorios, salvo las excepciones que establezca Migración Colombia. Además, este registro será actualizado periódicamente.
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