¿Son “subordinados” los prestadores de servicios a través de plataformas digitales? | Por: Ramón Alfredo Aguilar

➥ El autor es abogado: especialista en Derecho Procesal y Derecho Laboral. Doctorando en Derecho. Profesor de Pre y Postgrado de la Universidad Central de Venezuela (UCV). Es defensor de los Derechos Humanos

Apreciamos a través de diversas publicaciones que crece la tendencia entre los estudiosos del Derecho Laboral a considerar a los transportistas y repartidores prestadores de servicios a través de plataformas digitales como trabajadores “subordinados, dependientes o asalariados”: como sujetos de las tuitivas normas del Derecho del Trabajo.

Recaen estas disertaciones -por los momentos- sobre dos principales modelos de negocio de la llamada economía colaborativa, los servicios de transporte urbano de personas: choferes- (Uber, Beat, Didi, etc.) y los servicios de repartidores a domicilio (Rappi, Domicilios.com, Delivero, Glovo, etc.)

Apreciamos diversidad de soluciones judiciales que difieren entre países, e incluso entre tribunales de una misma nación. Algunas legislaciones han tomado partido, como Brasil y Francia, para calificar a estos trabajadores como “independientes” (en el caso del último mencionado, con clara resistencia de su Tribunal Supremo).  

Sin verificar acá citas bibliográficas o asirnos al rigorismo científico que exigiría un estudio completo sobre el tema, nos limitamos a presentar algunas interrogantes a fin de incentivar el ya iniciado y globalizado debate.

EN RELACIÓN CON LOS CHOFERES O TRANSPORTISTAS URBANOS DE PASAJEROS

Esta modalidad consiste en que cualquier persona que posea un vehículo de uso particular (o incluso un taxi) que reúna ciertas condiciones físicas y de antigüedad (el vehículo), puede descargar una App, aceptar los “términos y condiciones”, facilitar alguna información; y comenzar a captar clientes y prestar servicio de transporte a otros usuarios que utilizan la misma aplicación en calidad de pasajeros, por un precio previamente fijado a través de un algoritmo, que considera oferta y demanda, distancia del recorrido y tiempo estimado.

Se trata de un servicio muy similar al de los taxis tradicionales, pero en el que las partes no se encuentran producto del azar, sino, por intermedio de la tecnología.

El conductor paga a la plataforma por esta “sociedad” o “intermediación” (ubicación u obtención de cada cliente) una comisión -porcentual- por cada servicio prestado. Los usuarios, tanto prestadores de servicios como “clientes”, están sujetos a una calificación por parte del otro, y a una reputación en línea.

La Ley de transporte no prohíbe el uso de aplicaciones móviles ...

SIN HORARIOS CONVENCIONALES Y CONECTADOS A VARIAS APLICACIONES

Como características más específicas, el usuario “transportista” puede conectarse o desconectarse cuando lo desee, no está obligado a laborar en algún horario, día o período específico, o zona geográfica determinada, y puede prestar servicios a través de distintas plataformas, aunque éstas compitan entre sí (de hecho, puede estar “conectado” a varias al mismo tiempo).

Puede aceptar o rechazar las solicitudes de servicios, e incluso cancelarlas después de aceptadas, pero en este caso -dependiendo del número y tiempo de las cancelaciones- puede ser suspendido temporalmente del uso de la aplicación o hasta de manera definitiva.

El conductor debe contar con un smartphone y proveer el vehículo, su mantenimiento y los consumibles (combustible, lubricantes, etc.), además cumplir con las leyes de tránsito, y asume los riesgos inherentes a la circulación (daños físicos, responsabilidad civil frente a terceros, pago de impuestos o tasas, multas, etc.), así como la posible pérdida del vehículo y/o teléfono en caso de contingencias, siniestros, robo, hurto, etc.

Algunos cuestionamientos en relación a esta modalidad y la posible calificación de estos choferes como trabajadores “subordinados”:

1) Los taxistas siempre han sido considerados como “autónomos”, aunque estén asociados a una “línea de taxis” o cooperativa a la cual paguen algún tipo de estipendio por su asociación.

Tal independencia deriva de que trabajan con su propio vehículo, reciben el fruto de su trabajo (costo de los traslados), asumen los riesgos y no están subordinados a nadie, aunque en ocasiones deban cumplir ciertas reglas impuestas por la “línea de taxis” o cooperativa. Apartando el tema de Derecho Administrativo, sobre permisos, licencias, etc., ¿Además del uso de la tecnología, qué diferencia a los transportistas usuarios de plataformas de los taxistas tradicionales?

2) El taxímetro (que dio su nombre a los “taxis”) se ha utilizado por más de un siglo, y en muchos países es obligatorio. El precio del servicio no es establecido por el taxista, sino por la tecnología. Siendo así, ¿El uso de otro medio tecnológico (algoritmo) para fijar el precio de los traslados, puede considerarse una forma de subordinación entre el chofer y la plataforma?

3) La geolocalización (GPS) es utilizada para contactar a los usuarios (pasajeros y transportistas) por su proximidad geográfica; para sugerir la ruta más apropiada de traslado en razón del tráfico, y establecer la tarifa; y para que el usuario “pasajero” verifique por sí mismo, o incluso comparta con un tercero, el seguimiento de la ruta apropiada (seguridad).

Controles similares, son facilitados a sus clientes por las empresas de encomiendas. También plataformas que facilitan Apps gratuitas de geolocalización (GoogleMaps o Waze), saben en tiempo real en dónde están y por dónde se desplazan sus usuarios. ¿Implica esto una forma de subordinación?

Navegación GPS Móvil, Concepto De Viajes Y Turismo Vista Macro Del ...

4) Muchas -quizá la mayoría- de aplicaciones informáticas de interrelación personal o comercial, cuentan con sistemas de calificación y/o reputación on line, y las “denuncias” de otros usuarios respecto al incumplimiento de sus normas puede implicar “desconexión” o suspensiones temporales o definitivas, como ocurre con Facebook, Instagram, Twitter, AirBnB (para alojamientos) o Mercadolibre.com (para la venta de todo tipo de productos y servicios). Estas prácticas forman parte de la cultura de plataformas.  ¿Por ello existe subordinación entre estas plataformas y sus usuarios?      

5) El transportista es propietario de las herramientas de trabajo, verifica una inversión económica importante (vehículo) y su mantenimiento, además asume los riesgos físicos, jurídicos y patrimoniales de la actividad; labora cuándo y dónde lo desea, y no rinde cuentas a nadie. ¿Son éstos, claros indicios de autonomía?

6) La condición de “empresario” o dueño de una empresa (organización, capital, estructura, personal, y cumplimiento de deberes fiscales y formales) es característica de los “Autónomos”, pero no todo independiente necesariamente debe comportarse como empresario.

Es el caso de las profesiones liberales (abogados, ingenieros, contadores), o fontaneros, electricistas, “toderos”, carpinteros, programadores; que sin estructura formal y sin empleados a su cargo, prestan servicios independientes a diversidad de clientela.  Los transportistas no son “empresarios”. ¿Significa que no son “autónomos”?

7) Un transportista puede utilizar al mismo tiempo varias plataformas, también puede conectarse cuando quiera, o dejar de prestar servicios por días, semanas o meses. En síntesis, no cumple horarios o jornada, además puede combinar esta actividad con otro trabajo independiente, o subordinado. De considerarse como un asalariado ¿cómo se determinarían instituciones y beneficios legales, como el salario mínimo, horas extraordinarias, días de descanso, vacaciones, y hasta la propia antigüedad?

8) Uno de los elementos característicos de la relación de trabajo es el salario. En el caso de los transportistas, son los pasajeros quienes pagan el servicio, y los transportistas pagan a la plataforma una comisión que oscila entre el 10% y el 30% del valor del servicio. ¿Puede considerarse que existe un salario? ¿Quién le paga a quién?    

9) Para muchos choferes se trata de una actividad complementaria a sus trabajos “formales”, o para el uso infrautilizado del vehículo o su tiempo libre (amas de casas, estudiantes, jubilados, pensionados, etc.) De establecerse que son subordinados de las plataformas, ¿éstas podrían exigir cumplimiento de horarios, jornadas, períodos “a disposición”, establecer zonas de trabajo, prohibir el rechazo o cancelación de servicios? ¿Estarán los usuarios dispuestos al cambio de condiciones, es decir, a trabajar bajo efectiva subordinación?

10) Desde hace tiempo se ha advertido la insuficiencia de la noción de “subordinación” para definir el contrato de trabajo y/o al trabajador dependiente, sujeto de protección. Incluso se han creado figuras intermedias como los parasubordinados (Italia), autónomos económicamente dependientes (España) y workers (Reino Unido). ¿El problema es diferenciar una y otra categoría de trabajadores, o será la necesidad de ampliar la protección de la Seguridad Social a los autónomos?

Continúa abierto el debate… Los invito a continuarlo a través de mi Twitter: @aaguilarucv

Correo electrónico del autor: Alfredoaguilar1@gmail.com

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad
minkler ravello outdoor sectional sofa set with coffee table 8edaa5b4 scarlett modern velvet accent chair set of 2 bda4d30b tate outdoor modern dining chair set of 2 adf1d533 althea boho cube pouf 643bc73c dahlia indoor outdoor aqua fabric hand knit pouf drury contemporary upholstered pushback recliner jerod light weight concrete accent table taylea modern glam tufted velvet club chair d4b2cc62 trenton hazelnut brown leather recliner parma outdoor acacia wood club chairs with cushions 56351180 aubreey outdoor rectangular gas burning fire pit 50000 btu 547ab9ab reveriea youssef outdoor acacia wood club chairs with cushions set of 2 goodman outdoor 7 piece dining set with dark brown finished wood table and chairs 3fb8327f margaret natural walnut finish wood bar table 99b6ec6f halston outdoor oriental area rug ivory and blue a3a51179 riviera 8pc outdoor sectional sofa set w storage trunks 99e399ee bucy outdoor 49lb acacia wood square umbrella base with stainless steel tube teak 7eb7eae8 meridian ash white fabric bean bag with polyurethane foam filling 01a5b2c7 charmaine mid century modern low back fabric accent chair with tapered legs riha handcrafted boho mango wood cabinet hidal brown fabric glider recliner club chair tucker modern 8 foot microfiber pastel bean bag hampton mid century modern upholstered dining chairs set of 6 dark brown faux leather and walnut bridger tufted cover fabric storage ottoman dad9049b kori modern pillow cover 5eaa5ba5 cassum modern industrial swiveling counter stool set of 2 fa0ceaa3 jimmy outdoor acacia wood and mesh dining chairs set of 2 gdf6618 3ace25c7 langseth contemporary tufted pushback recliner rex modern upholstered bar stool set of 2 831ae11a feldspar contemporary 72 inches wood double sink bathroom vanity with marble counter top gray with carrara white marble 61c60144 janely outdoor stacking dining chair set of 4 db38d4b5 the emerson steel bar stool ff9a4808 madge farmhouse woodnmetal drawers shelves tv stand aries rolled back button tufted fabric tub design club chair moore outdoor 7 piece aluminum dining set with glass table top 7a45da32 new england cast aluminum outdoor bistro furniture set aalasia modern fabric throw pillow cover naylan transitional wooden queen platform bed 9f1e02bb salome outdoor 7 piece acacia wood dining set with stacking wicker chairs sandblast dark gray and gray mayo patio dining set 6 seater acacia wood rectangular dining table dark brown finish with white table legs 1cd776b6 issaic mid century modern design wood dining chairs set of 2 1210bf08 peterborough modern glam tempered glass oval coffee table with iron frame jornic bianca outdoor acacia wood club chairs with cushions 6bdabfaa mcclure artificial tabletop snake plant c45b534e allegria 3pc multibrown wicker lounge w water resistant cushions coffeetable sierra mid century fabric club chair 104e359a set of 2 utica antique style yellow accent table