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La Corte Constitucional decidirá sobre una demanda contra uno de los artículos de la Ley 1997 de 2019 que estableció un régimen especial en el país para otorgar la nacionalidad colombiana a los hijos e hijas de venezolanos en situación de migración, en el marco de la crisis migratoria del vecino país.
La norma dice textualmente que “se presumirá la residencia y ánimo de permanencia en Colombia de las personas venezolanas en situación migratoria regular o irregular, o solicitantes de refugio, cuyos hijos e hijas hayan nacido en territorio colombiano desde el 1 de enero de 2015 y hasta 2 años después de la promulgación de esta ley”.
La demanda pide eliminar la palabra “venezolanas”, toda vez que estaría dándole una preferencia a los ciudadanos de esa nacionalidad, dejando de lado o excluyendo a personas de otros países en las mismas condiciones que lleguen a Colombia pidiendo refugio.
“La norma parcialmente acusada genera un trato discriminatorio al limitar la procedencia del beneficio a los padres del menor por su lugar de procedencia, a pesar de que pueden existir otras personas en igual situación”, dice un concepto de la Procuraduría explicando la demanda.
Así las cosas, la demanda se resume en dos puntos: el primero es que “no está teniendo en cuenta a todas las personas, sino solo a los venezolanos” y segundo, “no están recibiendo el mismo trato, pues quienes provienen de otros países y deciden permanecer en el territorio nacional, les resulta imposible el acceso a la nacionalidad por no provenir de Venezuela”.
El concepto de la Procuraduría, firmado por el entonces procurador Fernando Carrillo, se muestra conforme con la demanda y pide eliminar esa palabra de la ley, lo mismo hace la organización Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes), al afirmar que la ley tal cual como está sería discriminatoria
“Nos encontramos ante un trato desigual (…) excluye a menores de edad que podrían estar frente a riesgos similares como consecuencia de otras crisis migratorias diferentes a la venezolana u hijos de otros migrantes en necesidad de protección internacional”, indica la organización en un concepto enviado a la Corte.
Ese debate tendrá cita en la Sala Plena de la Corte Constitucional y los nueve magistrados deberán decidir si se debe eliminar o no la palabra “venezolanos” de la ley “Por medio del cual se establece un régimen especial y excepcional para adquirir la nacionalidad colombiana por nacimiento, para hijos e hijas de venezolanos en situación de migración regular o irregular, o de solicitantes de refugio, nacidos en territorio colombiano, con el fin de prevenir la apatridia”.
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