
EL VENEZOLANO COLOMBIA
En Colombia, las primas constituyen un beneficio económico fundamental para los trabajadores, garantizando ingresos adicionales en momentos clave del año. Estas prestaciones, reguladas por el Código Sustantivo del Trabajo, se dividen en dos categorías principales: la prima de servicios, de carácter obligatorio, y la prima extralegal, de naturaleza voluntaria
. A continuación, exploramos sus diferencias, cómo se calculan y qué hacer si no se reciben a tiempo, brindando claridad sobre un derecho laboral esencial.
¿Qué es la prima de servicios?
La prima de servicios es una prestación social que todo empleador debe otorgar a sus trabajadores con contrato laboral, salvo aquellos con salario integral. Según el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, equivale a un mes de salario por cada año laborado, dividido en dos pagos: uno a más tardar el 30 de junio y otro antes del 20 de diciembre.
Si el empleado no ha trabajado un año completo, el monto se calcula proporcionalmente según los días laborados. Esta obligación aplica a diversos sectores, como trabajadores domésticos, conductores de servicio familiar y empleados de fincas, siempre que cumplan con las condiciones de dependencia laboral.
La prima extralegal: Un beneficio voluntario
A diferencia de la prima legal, la prima extralegal no está impuesta por la ley, sino que surge de acuerdos entre el empleador y el trabajador, ya sea mediante contratos, pactos colectivos o convenciones. Su monto es flexible y puede ser menor, igual o superior al salario del empleado, dependiendo de lo negociado.
Asimismo, las partes pueden definir las fechas y condiciones de pago. Es importante destacar que este beneficio se otorga sin afectar el derecho a la prima de servicios, funcionando como un complemento.
Cálculo de la prima de servicios
El Ministerio del Trabajo establece una fórmula clara para determinar el valor de la prima legal: se multiplica el salario base por los días trabajados y se divide entre 360, representando los dos semestres del año.
Por ejemplo, un empleado con un salario mínimo de $1.623.500 que haya trabajado 180 días recibirá $811.750 en junio. Si el tiempo laborado es menor, se ajusta el cálculo proporcionalmente. Este procedimiento asegura que el trabajador reciba lo correspondiente a su esfuerzo.
Consecuencias por incumplimiento
El incumplimiento en el pago de la prima de servicios tiene repercusiones legales significativas. Si no se efectúa antes de las fechas límite (30 de junio y 20 de diciembre), el empleador podría enfrentar multas de entre 1 y 5.000 salarios mínimos legales mensuales.
Además, el trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente a un día de salario por cada día de retraso. Si el incumplimiento persiste por 24 meses, se generan intereses a favor del empleado. En estos casos, el trabajador puede recurrir a un juez laboral para exigir sus derechos.
¿Cómo actuar si no recibes tu prima?
Si un empleador no cumple con el pago oportuno, los trabajadores pueden presentar una queja ante el Ministerio del Trabajo o acudir a un juez laboral. Es fundamental documentar las fechas y condiciones del contrato para respaldar la reclamación. Este derecho, protegido por la legislación colombiana, garantiza que los empleados reciban lo que les corresponde sin demoras injustificadas.