
EL VENEZOLANO COLOMBIA
En respuesta al brote de fiebre amarilla y la declaratoria de emergencia sanitaria nacional, el Ministerio de Transporte adoptó una medida de carácter obligatorio para quienes se desplacen por vía terrestre o fluvial en Colombia.
A partir de la vigencia de esta norma, tanto pasajeros como conductores deberán presentar prueba de inmunización para continuar movilizándose sin restricciones.
Un control preventivo con enfoque colectivo
La decisión, según explicó el Ministerio, tiene como fin proteger la integridad de los usuarios del transporte y frenar la expansión del virus en regiones vulnerables. La disposición aplica a todo el territorio nacional mientras se mantenga activa la alerta sanitaria emitida por el Ministerio de Salud.
Además de garantizar la continuidad del servicio de transporte público intermunicipal, la resolución busca incentivar la responsabilidad ciudadana frente a una enfermedad prevenible con una sola dosis.
Documentación indispensable para abordar
El requisito principal consiste en presentar el carné o certificado oficial de vacunación contra la fiebre amarilla. Esta condición aplica sin excepción, tanto si los tiquetes se adquieren en terminales como si se compran en línea.
En los casos donde no se posea dicho documento, se admitirán dos alternativas: una declaración juramentada que certifique haber recibido la vacuna, o un escrito en el que el viajero asuma voluntariamente la responsabilidad ante un posible contagio, incluyendo las consecuencias para terceros.
Periodo mínimo de inmunidad exigido
La normativa precisa que la vacuna debe haberse aplicado al menos con diez días de antelación a la fecha del desplazamiento. Este margen responde al tiempo requerido por el organismo humano para generar defensas efectivas contra el virus.
La medida está alineada con recomendaciones de organismos internacionales y responde al riesgo que representa la transmisión de la fiebre amarilla en zonas endémicas.
Transportadores también deberán cumplir la norma
No solo los usuarios están obligados a cumplir con el requerimiento. Las empresas transportadoras tienen el deber de verificar que todos sus conductores cuenten con la inmunización correspondiente y porten el respaldo documental.
Quienes no presenten el carné, deberán igualmente suscribir una de las declaraciones previstas. En caso de incumplimiento, se exponen a sanciones administrativas por parte de las autoridades de control del sector.
Una estrategia que busca proteger la vida
El Ministerio ha reiterado que estas medidas no buscan restringir la movilidad, sino evitar brotes que puedan poner en riesgo la salud pública. La prevención es la principal herramienta para enfrentar enfermedades transmisibles, y esta política forma parte de un esfuerzo conjunto entre instituciones gubernamentales y ciudadanía.