Disciplina, legitimidad y el derecho a la Defensa Constitucional | Por: Dr. JOSE RANGEL BARON.

鉃 El autor es abogado venezolano, presidente del consejo editorial Vencol, autor del libro "Carlos Andr茅s P茅rez, el hombre, el presidente" y exdiplom谩tico

En tiempos de crisis pol铆tica e institucional, la DISCIPLINA y la LEGITIMIDAD son principios fundamentales para la cohesi贸n de una naci贸n, pero no pueden ser utilizados como herramientas de sumisi贸n cuando se violan los derechos fundamentales y el orden constitucional.

La democracia, sustentada en la VOLUNTAD SOBERANA DEL PUEBLO, no es un concepto abstracto ni un ideal vac铆o, sino una estructura normativa y pol铆tica que debe ser defendida por los ciudadanos, dentro del marco de la Constituci贸n y de los tratados internacionales que protegen los derechos humanos y la soberan铆a de los pueblos. La Constituci贸n de Venezuela consagra el principio de la SOBERAN脥A POPULAR, estableciendo que el poder reside en el pueblo y que este tiene el derecho y el deber de defender la Carta Magna cuando es amenazada.

Este principio no es solo un postulado te贸rico, sino un mandato que otorga al pueblo mecanismos leg铆timos para preservar el Estado de derecho Entre estos mecanismos se encuentra el DERECHO A LA DESOBEDIENCIA CIVIL, una herramienta jur铆dica y 茅tica que permite a los ciudadanos resistir 贸rdenes, decisiones o gobiernos que atentencontra los valores constitucionales y democr谩ticos.

La historia ha demostrado que los reg铆menes autoritarios buscan utilizar la disciplina como un mecanismo de control, subordinando la legitimidad al poder arbitrario. Sin embargo, la LEGITIMIDAD no proviene de la obediencia ciega, sino del RESPETO A LA LEY, LOS DERECHOS HUMANOS Y LA VOLUNTAD CIUDADANA

Por ello, cuando la institucionalidad es secuestrada por intereses contrarios al bienestar colectivo, el pueblo tiene la LEG脥TIMA DEFENSA de recurrir a MECANISMOS CONSTITUCIONALES E NTERNACIONALES para restaurar el orden democr谩tico.

El DERECHO A LA LEG脥TIMA DEFENSA de la Constituci贸n no solo se basa en el texto legal venezolano, sino tambi茅n en acuerdos internacionales como la CARTA DEMOCR脕TICA INTERAMERICANA DE LA OEA, la *DECLARACI脫N UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, y el *TRATADO INTERAMERICANO DE ASISTENCIA REC脥PROCA (TIAR)

Estos instrumentos reconocen que cuando un Estado sufre una ruptura del orden constitucional o se convierte en un r茅gimen de facto, la comunidad internacional tiene la obligaci贸n de respaldar a su pueblo en la restituci贸n de la democracia.

El ESP脥RITU DEL LEGISLADOR al crear estas normas no es otro que garantizar que las leyes sean efectivas y vinculantes, dotadas de COERCIBILIDAD Y OBLIGATORIEDAD. La LEY NO ES SIMPLEMENTE UNA NORMA DE CONDUCTA SOCIAL, sino un mecanismo con FUERZA Y AUTORIDAD para imponer el orden leg铆timo. Si las leyes no tienen capacidad de ser exigibles ni fuerza para imponerse, dejan de ser leyes y se convierten en simples declaraciones sin efecto.

La propia Constituci贸n venezolana contempla el derecho del pueblo a ejercer los mecanismos necesarios para su defensa, lo que incluye la participaci贸n ciudadana, la movilizaci贸n pac铆fica y la b煤squeda de apoyo internacional cuando los recursos internos han sido agotados.

En el caso venezolano, el pueblo habl贸 con claridad el 28 DE JULIO DE 2024, otorgando con m谩s del 67% DE LOS VOTOS la victoria al candidato EGU. Desconocer este resultado es un golpe directo a la SOBERAN脥A POPULAR y un atentado contra la LEGITIMIDAD DE LAS INSTITUCIONES. Ante esta realidad, la comunidad nacional e internacional debe actuar en defensa del ORDEN CONSTITUCIONAL y de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

El verdadero peligro para una democracia no es la protesta del pueblo contra la injusticia, sino la inacci贸n ante el abuso de poder. La DISCIPLINA dentro de un partido pol铆tico o una estructura gubernamental NO PUEDE SER UTILIZADA COMO UN PRETEXTO PARA OBEDECER 脫RDENES ILEG脥TIMAS, pues cuando una autoridad pierde su legitimidad, su poder se convierte en opresi贸n.

En este momento crucial, el deber de todo ciudadano es DEFENDER LA CONSTITUCI脫N, no solo como un texto jur铆dico, sino como el pilar sobre el cual se sostiene la naci贸n. La COERCIBILIDAD DE LA LEY no solo se impone sobre el ciudadano com煤n, sino tambi茅n sobre quienes detentan el poder. La FUERZA DE LA LEY no radica en el uso de la violencia, sino en la OBLIGACI脫N DE HACER CUMPLIR LA VOLUNTAD DEL LEGISLADOR, que en su esencia representa la voz del pueblo.

La DEFENSA DE LA DEMOCRACIA NO ES UNA OPCI脫N, ES UNA OBLIGACI脫N. Y cuando el poder retende usurpar la VOLUNTAD CIUDADANA, la LEG脥TIMA DEFENSA CONSTITUCIONAL y la SOLIDARIDAD INTERNACIONAL son el camino para restaurar el orden y la justicia.

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