Colombia: ¿Qué dijo la Corte Constitucional sobre trabas a venezolanos para obtener tarjeta profesional de contadores?

◉ La Corte emitió un fallo el pasado 17 de mayo que facilita la obtención de la tarjeta profesional para los migrantes venezolanos, protegiendo así sus derechos laborales

EL VENEZOLANO COLOMBIA

Los migrantes venezolanos en Colombia se enfrentan a numerosas dificultades para ingresar al mercado laboral, siendo la obtención de la documentación necesaria (especialmente de instituciones colegiadas) una de las más significativas porque les restringuen el libre ejercicio de su profesión en el país.

En respuesta a esta problemática, la Corte Constitucional colombiana emitió un fallo el 17 de mayo que facilita la obtención de la homologación de la tarjeta profesional (licencia de ejercicio) para los migrantes venezolanos, protegiendo así sus derechos laborales.

Contexto y fallo de la Corte

La reciente decisión de la Corte Constitucional surgió al revisar un caso específico en el que se ampararon los derechos al trabajo y al libre ejercicio de la profesión de un contador público venezolano que vive en Colombia desde hace más de 5 años.

Este migrante había solicitado la homologación de su tarjeta profesional, pero enfrentó obstáculos administrativos por parte de la Junta Central de Contadores.

La situación del demandante

El ciudadano venezolano, titular de un Permiso Especial de Permanencia (PEP) y posteriormente de un Permiso por Protección Temporal (PPT), no pudo homologar su tarjeta profesional debido a que la Junta Central de Contadores consideró que no cumplía con el requisito de domicilio, pese a haber residido en Colombia por más de 5 años.

Derechos vulnerados y decisión judicial

La Corte Constitucional determinó que la Junta Central de Contadores impuso barreras administrativas que vulneraron los derechos del migrante venezolano.

La Sala Quinta de Revisión señaló que el demandante estaba domiciliado en Colombia, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Código Civil.

Análisis del domicilio

La Corte constató que el migrante ha residido continuamente en Colombia desde su llegada el 27 de diciembre de 2018.

Además, demostró su intención de permanecer en el país al regularizar su situación migratoria, homologar sus títulos y afiliarse al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Consecuencias del fallo

El alto tribunal concluyó que exigir un tipo específico de visa para probar el ánimo de permanencia y el domicilio es una medida desproporcionada.

Por lo tanto, ordenó a la Junta Central de Contadores que reevalúe la solicitud del demandante y aplique las presunciones del Código Civil para constatar el domicilio, absteniéndose de exigir requisitos adicionales.

Instrucciones a la Junta Central de Contadores

La Corte instruyó a la Junta Central de Contadores a revisar nuevamente la solicitud de inscripción y expedición de la tarjeta profesional de contador público del migrante. Asimismo, indicó que deben aplicar las presunciones legales sobre el domicilio y no imponer requisitos no previstos en la ley.

Impacto en la comunidad migrante

Esta decisión representa un avance significativo para la integración laboral de los migrantes venezolanos en Colombia.

Al eliminar las barreras administrativas y reconocer diversas formas de probar el domicilio, la Corte facilita el acceso al mercado laboral formal para miles de venezolanos.

Mejoras en el acceso al trabajo

El fallo de la Corte no solo beneficia al demandante específico, sino que también establece un precedente que puede ayudar a otros migrantes a superar obstáculos similares. Esta medida es crucial para asegurar que los migrantes puedan ejercer sus profesiones y contribuir al desarrollo económico del país.

La decisión de la Corte Constitucional de eliminar trabas administrativas para que los migrantes venezolanos puedan obtener la tarjeta profesional es un paso importante hacia la protección de sus derechos laborales.

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