EL VENEZOLANO COLOMBIA
En el contexto de la migración y el acceso al trabajo en Colombia, es fundamental comprender los documentos que habilita legalmente a los extranjeros a desempeñarse laboralmente en el país y aquellos que, aunque regulen su estatus migratorio, no les otorgan la autorización para trabajar.
A continuación, se detallarán los tipos de documentos y su impacto en la inserción laboral de los migrantes en Colombia.
PPT El Permiso por Protección Temporal
El Permiso por Protección Temporal es un documento de identidad que Migración Colombia entrega al venezolano que se haya inscrito en el Registro Único de Migrantes Venezolanos – RUMV y con el cual puede acceder al trabajo (subordinado o independiente) y afiliarse al régimen de seguridad social.
PEP – Permiso Especial de Permanencia
Es la principal herramienta creada por el Gobierno Nacional que le autoriza a los nacionales venezolanos permanecer temporalmente en condiciones de regularidad migratoria y acceder a la totalidad de la oferta institucional (Fase I, II, IV, V, RAMV y PECP), quedando autorizado para ejercer cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral, sin perjuicio de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas.
✔️Este permiso tuvo validez hasta el 28 de febrero de 2023, mientras su titular hace transito al Permiso por Protección Temporal.
PEPFF – Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización
El Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización PEPFF fue un mecanismo que permitió a la población venezolana en estado de irregularidad migratoria regularizarse mediante la formalización laboral.
✔️Este permiso tuvo validez hasta el 28 de febrero de 2023, mientras su titular hace transito al Permiso por Protección Temporal
Visas tipo– V, M, R
Una visa es la autorización concedida a un extranjero para el ingreso al territorio nacional otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Conforme la Resolución 5477 de 2022 el Ministerio de Relaciones Exteriores fijó tres tipos de categoría de visas: V (visitantes), M (migrantes) y R (residentes). La legislación determinó que, en ciertas circunstancias específicas, los portadores de visas V, M y R pueden trabajar.
En el caso de que el contrato tenga una duración superior a tres meses el extranjero debe solicitar una cédula de extranjería asociada a la visa para poder laborar en Colombia.
Ir a Ministerio de Relaciones Exteriores
La Cédula de Extranjería es el documento de identificación de los extranjeros en el territorio nacional y su utilización deberá estar acorde con la visa otorgada al extranjero. Se expide con base en el Registro de Extranjeros de Migración Colombia.
Documentos no habilitantes para trabajar
Los documentos que solo regularizan la permanencia en Colombia, pero no son habilitantes para trabajar son:
Certificado de registro en RUMV
Este es un certificado expedido por migración Colombia como resultado del Registro Único de Migrantes Venezolanos RUMV, este no es un documento de identificación ni regularización.
PIP – Permiso de ingreso y permanencia
Permiso otorgado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia al momento de ingresar al país, a los extranjeros que no requieran visa, en períodos de corta estancia, adelantando labores sin ánimo de lucro.
PTP – Permiso temporal de permanencia
Autorización administrativa expedida por Migración Colombia a los extranjeros cuya nacionalidad no requiera visa y que pretendan extender su permanencia, habiendo usado de un permiso de ingreso y permanencia, sin que esta exceda los 180 días (continuos o discontinuos) dentro del mismo año calendario.
TMF – Tarjeta de movilidad fronteriza
Es el documento otorgado por la autoridad migratoria colombiana mediante el cual se autoriza a los ciudadanos venezolanos el ingreso y tránsito por las zonas delimitadas en la frontera colombiana. No equivale a una visa otorgada por el Estado Colombiano. No es un documento de identificación y no es válido para residenciarse o trasladarse a municipios no autorizados, ni al interior del país. La Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF), amplió su vigencia a dos (2) años. La Tarjeta de Movilidad Fronteriza no le permite a su portador trabajar en Colombia.
Salvoconducto SC-2
El salvoconducto es un documento que ahora le permite al solicitante de la condición de refugiado permanecer en el país mientras se define su situación y se adjudica su solicitud. Actualmente los solicitantes de la condición de refugiado quienes sean portadores del salvoconducto SC-2 para poder acceder al trabajo deben tramitar una Visa de Trabajo, tener Cédula de Extranjería o PEP. El portador del salvoconducto SC-2 con este solo documento no puede suscribir un contrato de trabajo.