Corte Constitucional ampara derechos de joven venezolana rechazada por universidad en Colombia

◉ Señalan que le anularon su inscripción al no reconocerle su documento migratorio de identidad dentro del proceso de admisión

EL VENEZOLANO COLOMBIA

La Corte Constitucional de Colombia ha dictaminado en una acción de tutela a favor de una joven venezolana cuya inscripción en una universidad fue anulada por no reconocer su documento de identificación válido, el Permiso por Protección Temporal (PPT).

El caso plantea cuestiones fundamentales sobre el derecho a la educación y la igualdad de acceso para personas vulnerables, especialmente en el contexto migratorio. La decisión de la Corte busca garantizar el acceso igualitario a la educación superior, protegiendo a aquellos que han enfrentado dificultades económicas y sociales desde su llegada al país.

  1. El derecho a la educación y la igualdad de condiciones: La Corte Constitucional resalta que el derecho a la educación implica la posibilidad de acceder al sistema educativo en condiciones de igualdad. Esto implica el mandato de no discriminación, promoviendo el acceso de las personas más vulnerables y evitando distinciones basadas en criterios sospechosos para el ingreso a la educación.
  2. Trato discriminatorio en el caso de la joven venezolana: La Corte analiza que en el caso de la joven accionante concurrieron factores de vulnerabilidad, como su contexto migratorio y la difícil situación económica desde su llegada a Colombia. La decisión concluye que hubo un trato discriminatorio basado en el origen nacional de la accionante, lo que le impidió acceder a la educación superior.
  3. Autonomía universitaria y requisitos de admisión: Si bien se reconoce la autonomía universitaria para adoptar reglamentos y establecer requisitos de admisión, la Corte subraya que esta potestad no es absoluta. No se deben establecer barreras insuperables o basarse en criterios de discriminación para el ingreso de estudiantes.
  4. Orden a la Universidad de Nariño: La Corte ordena a la Universidad de Nariño retomar el proceso de admisión de la accionante en la etapa en que se encontraba al momento de la anulación de su inscripción, si es de su interés. Esto busca reparar la situación y garantizar su acceso a la educación superior.
  5. Cierre de brechas en el acceso a la educación: Además de la decisión respecto a la universidad, la Corte dicta órdenes de pedagogía y divulgación al Ministerio de Educación Nacional para cerrar brechas en el acceso a la educación superior. Esto busca promover la igualdad de oportunidades para jóvenes vulnerables y migrantes venezolanos con el Permiso por Protección Temporal.

La decisión de la Corte Constitucional en el caso de la joven venezolana rechazada por la Universidad de Nariño destaca la importancia del derecho a la educación y la igualdad de acceso para personas vulnerables. Al proteger el acceso igualitario a la educación superior, especialmente en el contexto migratorio, se busca garantizar oportunidades para aquellos que han enfrentado dificultades económicas y sociales.

La decisión también aboga por el cierre de brechas en el acceso a la educación para migrantes venezolanos con el Permiso por Protección Temporal, reconociendo este mecanismo de regularización migratoria reconocido por el Gobierno Nacional.

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