EL VENEZOLANO COLOMBIA | CANCILLERÍA COLOMBIA
La República de Colombia y la República Argentina, en adelante denominadas conjuntamente como “las Partes” e, individualmente, como “la Parte”,
Conscientes de la necesidad de facilitar la circulación, la conducción y el tráfico vial en el territorio de las Partes a los ciudadanos en situación de turismo o visitas profesionales de corta duración;
Considerando que el reconocimiento mutuo de las licencias de conducción emitidas por las Partes concretiza la posibilidad de conducción temporal de sus titulares en el territorio de la otra Parte;
Teniendo en cuenta el beneficio recíproco de la celebración del presente Acuerdo para la cooperación de las Partes en materia de circulación y seguridad vial.
Original Colombia – Licencias de Conducir Con COLOMBIIA (1) by Martin Flores Araujo on Scribd