EL VENEZOLANO COLOMBIA ◉ Por: Celina Jiménez
La condición de migrante significa un gran reto. Muchos se arriesgan a cambiar de lugar y se enfrentan a nuevas culturas, idiomas y formas de vivir. A propósito de vivir, una de las principales preocupaciones de los venezolanos que llegan a Colombia es justamente el alquiler de una vivienda.
Fuentes dentro del sector inmobiliario consultadas por EL VENEZOLANO COLOMBIA afirman que el fenómeno de la migración venezolana ha cambiado las dinámicas de arrendamiento.
Arrendar una vivienda en Colombia exige al inquilino una vida crediticia demostrable y un perfil con garantías, aunado a la política de estratificación vigente en el país, la cual clasifica a la población según ciertas variables y condiciones.
EL ARRENDADOR MIGRANTE
Conversamos con José Gabriel Mier de Miró Inmobiliaria, ubicada en Bogotá. Mier nos ilustró el camino del migrante con ganas de arrendar una vivienda. Esto nos dijo:
«Una persona natural o independiente debe tener un documento de identidad: pasaporte, Permiso Especial de Permanencia (PEP), cédula de ciudadanía o de extranjería. Segundo: disponer de recursos económicos. Tercero: tener un deudor solidario, aunque ante este paso también existe la opción de encargo fiduciario. Cuarto: aseguradora y contrato: lo normal es que sea anual ”.
Un deudor solidario o los fiadores de arrendamiento son figuras que cuentan con la experiencia crediticia y un perfil con garantías (propiedades libres de hipotecas o restricciones) para responder por el arrendatario en caso de que este falle o incumpla con sus pagos.
Mientras que el encargo fiduciario se tramita directamente con una aseguradora quien realiza un estudio del perfil del arrendatario, y para esto debe, al menos, contar con los recursos económicos demostrables en pesos colombianos, que por lo general deben ser igual o mayor al doble del canon mensual de arrendamiento .
¿Y si no?
Si no tienes los recursos suficientes o no tienes un deudor solidario: ¿qué pasa? “Es lo más común entre la población migrante venezolana, por eso es que los estratos más bajos han tenido gran demanda en los últimos dos años, porque hacen contratos directos con el dueño del inmueble, se minimizan las garantías, pero representa tomar riesgo de parte y parte”, señala José Gabriel.
Legalmente en Colombia, y según la Ley 820 vigente desde 2003, en materia de arrendamientos es ilegal y está prohibido hacer depósitos para garantizar un inmueble o que el arrendador exija dinero extra para cubrir daños en la propiedad (pintura y arreglos entre otros).
A todo esto también debemos sumarle que incumplir un contrato tiene sus penalidades y consecuencias, variable que ha pasado a ser parte de la “nueva realidad post Covid-19”.
Así que dicho esto, arrendar vivienda en un país como Colombia representa un reto para migrantes y residentes, porque así lo exige la ley, pero no es imposible.
Los organismos encargados siguen trabajando en instrumentos normativos que puedan atender este fenómeno migratorio surgido por la crisis en Venezuela y así poder garantizar viviendas dignas, que no vulneren los derechos y las condiciones de vida y brinden la seguridad para todas las partes involucradas.
Resumen de requisitos para arrendar
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía, extranjería o PEP.
- Recursos económicos demostrables en moneda colombiana. En caso de tener empleo, adjuntar carta de trabajo con fecha no mayor a 30 días.
- Deudor solidario (con propiedad que esté a su nombre) o encargo fiduciario.
- Pagar por el estudio del arriendo y una cuota aseguradora (no reembolsable) esto también dependerá de la aseguradora seleccionada.
- Contrato, preferiblemente escrito, donde especifique: dirección del inmueble, precio, tipo de pago, incremento del precio (si lo hubiese), vigencia del contrato, servicios, prórroga del contrato, si incluye el pago de administración (en caso de que el inmueble lo requiera), entrega del inmueble, y número de personas que habitarán el inmueble, porque este punto podría ser causal de rompimiento del contrato.
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ARRENDAMIENTO Y PANDEMIA
Con la pandemia, muchos arrendatarios, de todos los estratos, fueron impactados por la disminución de la actividad económica impidiéndoles cumplir con su obligación.
El rol de negociador, tanto para arrendador y arrendatario, inmobiliarias, aseguradoras, trato directo, todos los actores, apelaron a la buena voluntad y solidaridad. José Gabriel de Miró Inmobiliaria nos cuenta, que muchos han sido empáticos, han entendido la situación, otros no tanto, pero aun así han preferido negociar condiciones antes que quedarse con la propiedad desocupada.
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Tips para arrendar una propiedad:
- Generar un acercamiento empático con el propietario, no hay una segunda oportunidad para dar una buena impresión.
- Si no tienes codeudor, puedes acreditarte como “buen arrendatario” con la carta del anterior arrendador o carta de referencia del empleador.
- Al momento de la visita verificar con qué servicios públicos cuenta el inmueble.
- Acordar de una manera muy clara qué está incluido y que no dentro del canon de arrendamiento.
- Leer y entender las condiciones del contrato, buscar equidad de las partes. Existen contratos prediseñados que se encuentran en papelerías que pueden resultar útiles.
- Es muy importante hacer un inventario de cómo se recibe el inmueble porque conforme a ese inventario se debe entregar.
- Ser cumplido en los pagos porque en Colombia, dado los tiempos de la justicia, puede resultar muy costoso un proceso judicial.