Sí. Para empezar, los migrantes venezolanos, sin importar su estatus migratorio, pueden acceder a los servicios de atención médica básica en salud y de urgencias. Además, este martes la Corte Constitucional, al resolver una acción de tutela presentada por una madre venezolana, les recordó a todas las entidades de salud que todos los niños menores de un año gozan del más alto nivel de salud posible. Es decir: la atención en salud para menores de un año no debe limitarse a urgencias.
“Es un derecho que no distingue fronteras geográficas, vínculos políticos, símbolos patrios, sexo, raza, origen, lengua”, dice la resolución.
La tutela fue presentada por una madre venezolana quien buscaba atención para su hija de seis meses de edad y a quien le Secretaría Departamental de Salud del Valle del Cauca le había negado la autorización de consultas de control, terapias integrales y demás servicios que fueron ordenados por el médico tratante, vulnerando así sus derechos.
Para los magistrados de la Corte Constitucional este procedecer constituyó “un grave, grosero, vergonzoso e inaceptable acto de discriminación contra la menor de edad por razón de su origen nacional”.
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