El Banco Central de Venezuela emitió es una circular dirigida a la banca pública y privada en la que aclara que la medida de ajuste del valor de la cartera comercial a la variación del tipo de cambio oficial entrará en vigencia a partir del próximo 28 de octubre, y no a partir del 23 como se desprendió de las publicaciones hechas de la Gaceta Oficial N° 41.742.
En el documento se afirma que debido al hecho «público y notorio» de que las disposiciones se conocieron el 23 de octubre, el BCV «en aras de garantizar la certeza en el manejo de la información por parte del Sistema Bancario Nacional» el directorio del emisor acordó la nueva fecha de entrada en vigencia.
Esta decisión no solo afecta a la indexación de créditos comerciales al dólar oficial, sino a las normas de constitución del encaje legal, que también aparecen en la misma Gaceta Oficial.
Lo cierto es que la medida, aunque era conocida y había sido debatida con el sistema bancario, sorprendió a la mayoría de las entidades bancarias, porque se entendía, según trascendió, que no estaba lo suficientemente afinada y había incertidumbres importantes sobre el manejo financiero y operativo de la cartera comercial a partir de su implantación.
Fuente: Analítica